
El cumplimiento tributario en Ecuador exige una agenda ordenada. El Servicio de Rentas Internas (SRI) establece plazos rígidos cuyo incumplimiento genera intereses, multas y, en casos graves, clausura del establecimiento. Esta guía resume lo que toda empresa debe tener claro para 2026.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El IVA es la declaración mensual o semestral según el noveno dígito del RUC. Para empresas con actividad regular se declara mensualmente mediante el formulario 104.
La tarifa general vigente es del 15% para bienes y servicios gravados. Existen tarifas diferenciadas (0% y tarifa especial) para productos de la canasta básica, servicios de salud, educación y exportaciones.
Fechas clave: el vencimiento varía entre el 10 y el 28 de cada mes según el noveno dígito del RUC del contribuyente.
Impuesto a la Renta (IR)
Las sociedades liquidan el IR anualmente sobre las utilidades generadas. La tarifa corporativa general es del 25%, con incremento al 28% para empresas domiciliadas en paraísos fiscales o que incumplan deberes de transparencia.
Puntos críticos para 2026:
- Anticipo de Impuesto a la Renta: calculado sobre activos, ingresos, costos y patrimonio. Se paga en julio y septiembre.
- Retenciones en la fuente: deben declararse mensualmente (formulario 103). Las tarifas oscilan entre el 1% y el 10% según el concepto.
- Dividendos: sujetos a retención adicional cuando el beneficiario es persona natural residente o no residente.
Declaración Patrimonial
Las personas naturales con activos superiores a USD 500.000 tienen la obligación de presentar la declaración patrimonial antes del 31 de marzo. Esta información se cruza con la declaración de IR para validar consistencia de ingresos y gastos.
Anexos informativos
Además de las declaraciones, el SRI requiere la presentación de anexos con detalle de transacciones:
- ATS (Anexo Transaccional Simplificado): mensual para contribuyentes especiales.
- RDEP (Relación de Dependencia): anual, para empleadores con trabajadores en relación de dependencia.
- Accionistas y partícipes: anual, informando la composición societaria.
El error más común no es el desconocimiento de las tarifas, sino la presentación fuera de plazo. Una agenda tributaria bien gestionada elimina el 90% de las sanciones.
Contribuyentes especiales
Las empresas calificadas como contribuyentes especiales por el SRI tienen obligaciones adicionales: actúan como agentes de retención ampliada y sus vencimientos son distintos al régimen general. Si su empresa factura más de USD 5 millones anuales, es probable que ya esté en esta categoría o próxima a serlo.
Sanciones más frecuentes
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Declaración tardía | USD 30 – USD 1.500 + intereses |
| Omisión de anexos | 0.1% del monto de ventas por mes |
| No emisión de comprobantes | Clausura de 7 días |
| Diferencias > 10% en declaraciones | Determinación de oficio + multa |
Mantener un calendario tributario actualizado y contar con asesoría profesional evita sanciones innecesarias que afectan la liquidez y la reputación de su empresa.
Etiquetas
¿Necesita asesoría?
Hablemos de su situación
La primera consulta es gratuita. Un especialista le contactará en menos de 24 horas.
Solicitar consulta gratuita